España Abrió la Regularización Extraordinaria 2026: Tienes Hasta el 30 de Junio
Si estás en España en situación irregular — o conoces a alguien en esa condición — esta es la noticia más importante del año. El gobierno español publicó el 15 de abril el Real Decreto de Regularización Extraordinaria 2026, abriendo un proceso histórico para legalizar la situación de miles de inmigrantes.
El plazo de inscripción va del 16 de abril al 30 de junio de 2026. No hay prórroga garantizada. Lee este artículo hasta el final y no te pierdas ningún detalle.

¿Quién Puede Pedir la Regularización?
Entras en este proceso si te encuentras en una de las dos situaciones siguientes:
✅ Solicitaste Protección Internacional en España antes del 1 de enero de 2026
✅ Estás en situación administrativa irregular y llegaste a España antes del 1 de enero de 2026
⚠️ Atención: si ya tienes una autorización de residencia válida, en renovación o prórroga, no necesitas y no debes solicitar este proceso. Lo mismo vale para ucranianos con protección temporal activa y apátridas, que tienen procedimientos propios.
¿Cuáles Son los Requisitos?
El Real Decreto establece dos requisitos obligatorios para todos los solicitantes:
- Presencia Acreditada en España
Estar en el país antes del 1 de enero de 2026
Acreditar permanencia ininterrumpida de al menos 5 meses hasta la fecha de la solicitud
- Antecedentes Penales Limpios
No tener antecedentes penales
No representar una amenaza para el orden público, la seguridad pública o la salud pública

Documentos Necesarios: Prepara Tu Carpeta Ahora
Organiza tu documentación con antelación. Aquí está la lista completa:
Documentos Obligatorios para Todos
Documento
Observación
Formulario de solicitud
Disponible en el portal oficial
Pasaporte completo o cédula de inscripción
Debe ser válido en España
Prueba de entrada en España antes del 01/01/2026
Sello de pasaporte, billete de avión nominativo, etc.
Prueba de permanencia en los últimos 5 meses
Extracto bancario, contrato de alquiler, certificado de curso, etc.
Certificado de antecedentes penales
Del país de origen y de donde residiste en los últimos 5 años antes de llegar a España
💡 Consejo práctico: tu certificado de antecedentes penales necesita estar apostillado. Solicítalo con antelación ante la autoridad competente de tu país de origen o a través del consulado. El proceso puede tardar semanas.
Si No Eres Solicitante de Protección Internacional
Además de los documentos anteriores, necesitas acreditar al menos UNA de las siguientes situaciones:
💼 Vínculo laboral: contrato de trabajo por cuenta propia o ajena en España
👨👩👧 Unidad familiar: hijos menores de edad o con discapacidad, o ascendientes de primer grado
🆘 Vulnerabilidad social: certificado emitido y sellado por entidades del RECEX o servicios sociales

Cómo Hacer la Solicitud: ¿Presencial u Online?
Tienes dos opciones para entregar tu solicitud:
Opción 1 — Vía Online (Recomendada)
Disponible 48h al día, 7 días a la semana, a partir del 16 de abril
Accede por la web del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones
Puedes hacerla tú mismo (con certificado digital), por abogado, gestor administrativo o entidad colaboradora
Opción 2 — Vía Presencial (Con Cita Obligatoria)
La atención empieza el 20 de abril
Cita obligatoria a partir del 16 de abril
Lugares disponibles:
Lugar
Horario
Disponibilidad
Oficinas de la Seguridad Social
16h a 19h
Al menos una por provincia
Oficinas de Correos
8:30h a 17:30h
Capitales y municipios de +50 mil hab.
Oficinas de Extranjería (OEX)
16h a 19h
Madrid, Alicante, Valencia, Almería y Murcia
¿Cómo Pedir Cita?
Tienes tres formas de pedir cita:
Portal de la Regularización con Cl@ve (eliges lugar, fecha y hora)
Formulario web en el portal (sin elección de lugar — se asigna automáticamente)
Teléfono 060 — atención en español, de lunes a viernes, de 9:30h a 14h y de 16:30h a 19:30h
¿Puedo Trabajar Mientras el Proceso Está en Curso?
Sí — pero hay un detalle importante que la mayoría no sabe.
El simple comprobante de entrega de la solicitud no autoriza a trabajar. Lo que habilita el trabajo es la Comunicación de Inicio del Procedimiento Administrativo, un documento aparte emitido por la Unidad de Tramitación de Expedientes (UTEX).
En cuanto recibas ese documento:
✅ Estás autorizado a trabajar en cualquier sector y en todo el territorio español
✅ Recibes automáticamente un Número de Seguridad Social (NUSS)
✅ Tienes derecho reconocido a la atención de salud pública
⚠️ Vigencia: la autorización concedida tiene validez inicial de 1 año. Después de ese período, deberás pasar a las categorías regulares previstas en el Reglamento de Extranjería.
¿Este Permiso Vale en la Unión Europea?
No. El permiso de residencia y trabajo concedido en este proceso es exclusivo para España. No autoriza residencia ni trabajo en ningún otro país de la Unión Europea.
¿Quién Puede Ayudarte (y de Forma Gratuita)?
El Ministerio creó el Registro de Colaboradores de Extranjería (RECEX), formado por entidades sociales y sindicatos que ofrecen asesoría gratuita y pueden representarte en el proceso.
También puedes contratar a:
Abogado especializado en inmigración
Graduado social
Gestor administrativo
💡 Recomendación Via Espanha: no confíes en gestores sin registro. Consulta solo a profesionales habilitados o entidades del RECEX. El proceso es gratuito — no necesitas pagar tasas al gobierno para solicitarlo.
¿Qué Pasa Después de la Aprobación?
¿Recibiste resolución favorable? Genial. Ahora tienes 1 mes para solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) en la Unidad de Documentación de la Policía Nacional.
No dejes pasar ese plazo — la TIE es el documento físico que acredita tu situación regular en España.
Contexto Histórico: España Ya Hizo Esto Antes
Este no es un proceso inédito. España tiene un historial consolidado de regularizaciones:
Año
Presidente
Solicitudes Aprobadas
1986
Felipe González
38.294
1991-92
Felipe González
114.423
1996
Felipe González
21.294
2000
José María Aznar
264.153
2001
José María Aznar
239.174
2005
Zapatero
576.506
La regularización de 2026 tiene el potencial de superar todos los registros anteriores.
Resumen: Fechas Que No Puedes Olvidar

Fecha
Qué ocurre
15 de abril
Publicación del Real Decreto en el BOE
16 de abril
Apertura de la vía online + inicio de las citas presenciales
20 de abril
Inicio de la atención presencial en las oficinas
30 de junio
⛔ Plazo final para la solicitud
Enlaces Oficiales
🌐 Portal oficial: inclusion.gob.es/regularización
📞 Teléfono de dudas y citas: 060
🕐 Horario: Lunes a viernes, 9:30h–14h y 16:30h–19:30h
¿Tienes dudas específicas sobre tu caso? Ponte en contacto con el equipo de Via Espanha. Nuestros especialistas en inmigración analizan tu situación e indican el mejor camino.